DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por encuadrar la aprehensión en los supuestos del referido artículo; DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme al Artículo 256 ordinal 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal a el imputado: Franklin Antonio Moreno, venezolano, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.009.296, soltero, fecha de nacimiento 25/03/1972, Comerciante y residenciado en Barrio Nueva Brisas, calle 33, casa sin número, Municipio Guanare del Estado Portuguesa; por la comisión de los delitos de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas, pre.....