DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada por el Ciudadano FISCAL PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DROGAS en contra de JULIO CÉSAR BRICEÑO MATERÁN, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.208.143, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 25 de Julio de 1979, hijo de Julio Briceño y Petra María Materán, de ocupación obrero educacional, de estado civil soltero, residenciado en el Sector Primero de Mayo, casa s/n, San Genaro de Boconoíto, Estado Portuguesa, Venezuela, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo .....