En fuerza de las motivaciones que anteceden este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad del ciudadano José Gregorio Hernández, venezolano, mayor de edad, natural de Guanarito estado Portuguesa, de 40 años de edad, nacido el 03-05-66, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Caserío Guasimal, calle principal, Bodega de José, casa sin número, Parroquia Quesera del Medio, estado Apure. Ordénese el traslado, notifíquese y libérese boleta de libertad. Vencido el lapso de ley, remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Diarícese, regístrese y certifíquese.
La Juez de Control No. 2
Abg. Narvy Abreu Moncada
La Secretaria,
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