DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: Acuerda mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano CARABALLO ROODY ANTONIO, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa., de 23 años de edad, nacido en fecha 11/05/1981, de estado civil soltero, de profesión u oficio técnico en Aire Acondicionado, titular de la Cédula de Identidad V-16.042.125, residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, manzana A-11; por considerar que el investigado es el posible autor en la comisión del delito de homicidio calificado, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Oscar Alberto Barrios Herrera.
Prosígase por el Procedimiento ordinario. Se orde.....