DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada en fecha 15 de Mayo de 2012 por el Ciudadano Fiscal Segundo del Ministerio Público en contra de ARSENIO ADALBERTO URRIERA, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.837.235, ; por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con los numerales 1º, 2º y 3º del artículo 6, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos en perjuicio de LULAIDE DEL CARMEN PRINCIPAL BALBUENA.
SEGUNDO: Se admiten totalmente los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por considerar que los mismos.....