Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite la acusación Fiscal en contra del WILMER ALEXIS MENA, titular de la cedula de identidad Nº 10.727.701, venezolano, soltero, natural de san Nicolás, nacido en fecha 09-12-1968, de profesión u oficio obrero, residenciado en el caserío el progreso calle principal vía fanfarria frente a la escuela ríos viejos abajo, san Genaro de Boconoito de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo se admiten los medios de prueba ofrecidos por el ministerio publico por ser licitas y pertinentes t necesarias para un eventual juicio oral y público. En este estado la Juez impuso al acusado de las formulas alternativas a prosecución del proceso, así como el procedimiento por admisión de los hechos. Seguidamente el acus.....