Por los fundamentos expresados éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara legitima la privación preventiva de libertad personal de la que ha sido objeto los ciudadanos BRICEÑO MORON YANDER ARAICO Y LINARES MORON JHOAN RAFAEL, conforme a lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y así lo decreta.
Segundo: Considera y así lo acredita que existen dos hechos delictivos imputables a dichos ciudadanos, calificados provisionalmente como los delitos de violencia física y violencia psicológica previstos e los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas Maryorys Karina Colmenarez Mora, residenciada calle principal, barri.....