En fuerza de la motivación precedente este Juzgado de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA APREHENSIÓN INMEDIATA del imputado ciudadano ASTORGA ALVAREZ OSCAR ARMANDO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-6.303.935, de 41 años de edad, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 04-04-1969, soltero, de profesión u oficio indefinido, con ultima residencia en la Urbanización Juan Pablo II, Manzana P.4, casa 48, Guanare estado Portuguesa, ordenando su aprehensión a través de los organismos de seguridad, a los fines de asegurar las resultas del proceso y la comparecencia del referido imputado al Tribunal para la celebración de la Audiencia Preliminar. Así se decide.
Regístrese, diarícese, déjese copia certificada, notifíquese y líbrense los correspondientes oficios a los Organismos competentes para hacer efectiva la aprehe.....