DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA SIN LU G A R LA SOLICITUD DEL ABOGADO ERNESTO PACHECO SAAVEDRA, en el sentido de que se traslade al acusado YHONDER JOSÉ RICAURTE CASTELLANO hasta el consultorio N° 6 del Hospital Clínico del Este ubicado en la Avenida 23 de Enero de esta ciudad de Guanare, POR NO HABER INDICADO EN CUATRO (4) ESCRITOS QUE EL MISMO PADEZCA DE ALGUNA ENFERMEDAD, y con fundamento en los artículos 43 y 83 de la Constitución, ordena el inmediato traslado del mencionado acusado hasta la Medicatura Forense adscrita a la Sub Delegación Guanare del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a fin de que el Médico Forense de Gua.....