DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 78 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 73 en concordancia con el numeral 4 del artículo 70, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, A C E P T A LA DECLINATORIA DE CONOCIMIENTO DE LA CAUSA contra LUCIANO LEOPARDI LOMBRUNI por OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES en perjuicio del Estado Venezolano, que hizo el Juez de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: O R D E N A la acumulación de las causas 1JM-144-05 y 1JM-185-06, contra los ciudadanos VÍCTOR MANUEL MUÑOS PEDROZA, JUAN NARVÁEZ OLIVEROS, JOSÉ ALBERTO VALENCIA SÁNCHEZ, ÉDGAR DARÍO ZAMBRANO .....