DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara CULPABLE al acusado CARLOS JOSÉ CORREA JIMÉNEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad V-12.012.282, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano, y lo condena a cumplir la pena de Seis (06) años y ocho (08) meses de prisión, mas las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, consistentes en La Inhabilitación Política Mientras dure la Pena y La Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad por una quinta parte del Tiempo de la Condena, desde que esta Termine, la cual se cumplirá ante la Primera Autoridad Civil del.....