DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, actuando como tribunal Mixto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad ABSUELVE al ciudadano Velásquez Jaime Brannigan José, venezolano, de 28 años de edad, soltero, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 03/12/1982, titular de la cédula de identidad N° 16.551.729, residenciado en el Barrio San Agustín Norte, callejón 3, casa S/N, Caracas Distrito Capital; del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, delito este previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y .Psicotrópicas vigente para el momento de los hechos.
Se declara el cese de la medida de privación judicial de libertad impuesta de conformidad con .....