Por los motivos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL AL PENADO ARCENIO JOSÉ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, natural de Santa Clara Estado Portuguesa, nacido en fecha 26-10-1961, de 50 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.635.084, estado civil soltero, de ocupación Agricultor, residenciado en el Caserío Santa Clara, sector el Vigía, Chabasquen Municipio Unda Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal venezolano, de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal y 497 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes por la vía mas expedita de ser posible, y ofíciese .....