este Tribunal en atención a los fundamentos señalados, este Juzgado en función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA AUTORIZAR la salida de la Jurisdicción del estado Portuguesa, a la penada Lilian Lisset Mejias Viña, titular de la cédula de identidad V-18.892.376, residenciada en Mesa de Cavacas, Barrio Mata Verde, avenida Bruzual con calle gabaldon, casa sin numero diagonal al Liceo San Juan de Guanaguanare, casa s/n a tres casas de la Escuela, Guanare Estado Portuguesa, a fin de trasladarse a la ciudad de Coro estado Falcón, para cursar estudios de Medicina en la Universidad Experimental Francisco de Miranda de Coro Estado Falcón, PARA CONTINUAR ASISTIENDO A CLASES REGULARES, ASÍ COMO LA REALIZACIÓN DEL CURSO INTENSIVO DURANTE EL MES DE AGOSTO Y CADA VEZ QUE LO AMERITE CON OCASIÓN A LOS ESTUDIOS, debiendo la misma consignar constancia de est.....