DISPOSITIVA:
Por las consideraciones aquí expresadas este Juzgado de primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en función de Ejecución No. 1 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara redimida la pena impuesta al penado ciudadano HAZIEL ZURISIDAY ESCOBAR MARTÍNEZ, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 29-05-1989, de 19 años de edad, residenciado en el Barrio Cuatricentenario, estado Portuguesa, por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehiculo, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 numerales 1, 2, 3 y 10 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor en perjuicio del ciudadano José Vicente Barrueta Monagas, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Los Llanos, la cual se rebajará de la pena que originalmente fuere impuesta. Regístrese. Notifíquese. Déjese copia. Trasládese al penado HAZIEL ZURISIDAY ESCOBAR MARTÍNEZ a fin de su notificación per.....