DISPOSITIVA
Por las motivaciones señaladas, este Juzgado en función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: 1.- Redime la pena impuesta al penado García Carlos Eduardo, Venezolano, nacido en fecha 29-03-1986, natural de Guanare Estado Portuguesa, hijo de Ramón Sánchez y García Belkis Marina, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 19.284.411 y residenciado en el Barrio Libertador, calle 4, casa s/n. Guanare Estado Portuguesa, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal . 2.- Realiza el cómputo por redención al mencionado penado, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 474, 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal.3.- Acuerda la Libertad Plena del penado por cumplimiento de Pena.
Regístrese,.....