DISPOSITIVA:
Por las consideraciones aquí expresadas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución No. 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara redimida la pena impuesta al penado GUARENAS TORREALBA LUIS OSWALDO, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas Dtto. Capital, nacido en fecha 11/04/1985, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.260.887, de ocupación u oficio Carpintero, hijo de Digna Torrealba Games y Arnaldo Antonio Guarenas y residenciado en Urbanización Juan Pablo II, Sector La Ceiba, Guanare Estado Portuguesa, y actualmente recluido en el Centro Penitenciario de los llanos Occidentales de este estado, por el lapso de nueve (09) meses y dieciséis (16) días, la cual se rebajará de la pena que originalmente fuere impuesta al penado GUARENAS TORREALBA LUIS OSWALDO,. Todo de conformidad con los artículos 15 de la Ley de.....