Dispositiva
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal decreta la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL, impuesta al penado Pérez Alvarado Wiston José, venezolano, nacido en Acarigua Estado Portuguesa en fecha 23-01-1.982, soltero, obrero, titular de la cédula de Identidad N° 16.294.442, residenciado en el Barrio Caucagüita, Calle 02, N° 2, Río Acarigua Estado Portuguesa, por haber dado cumplimiento a la misma en fecha 28/07/2008, de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal vigente para el momento de los hechos. Asimismo, deberá el penado sujetarse a la vigilancia de la autoridad por el lapso de dos (02) años, con la obligación de dar cuenta a la Unidad Técnica de Apoyo .....