Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República, 61, 64, 66, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA AL PENADO ÉNDER DE JESÚS DURÁN, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.644.783, nacido en fecha 19 de agosto de 1981, natural de Guanare, Estado Portuguesa, hijo de Arturo Barrios y Florinda Durán, de estado civil soltero, residenciado en Carrera 11, casa N° 20-40, Guanare, Estado Portuguesa, la medida de DESTACAMENTO DE TRABAJO.