Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el encabezamiento del artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la ejecución de la pena de DOCE AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN que le fue impuesta en fecha 13 de Octubre de 2014 por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 de este mismo Circuito Judicial Penal al ciudadano CARLOS MANUEL LEÓN TORRES, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-30.074.247, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 29 de Agosto de 1978, de ocupación desconocida, de estado civil soltero, residenciado en La Fundación, Calle K, casa s/n, Valencia, Estado Carabobo, por haber admitido los hechos en.....