DISPOSITIVA
Por las consideraciones aquí expresadas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara redimida la pena impuesta al penado Yépez Humberto Gregorio, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 8.658.032, natural de Acarigua Estado Portuguesa, nacido en fecha 23-03-1963, por el lapso de nueve (09) meses y doce (12) horas, la cual se rebajar de la pena que originalmente fuere impuesta. Regístrese. Notifíquese. Déjese copia.
La Juez de Ejecución N° 2
Abg. Narvy del Valle Abreu Moncada
La Secretaria
Abg. Tania Rivero