DECISIÓN
Por los motivos expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en función de Ejecución Nº 2, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Revoca el Beneficio de Régimen Abierto que le fuere otorgado al penado García Yépez Charlis, venezolano, mayor de edad, nacido en Chabasquén Estado Portuguesa, en fecha 13/04/1981, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.895.859, residenciado en el caserío los Barsales, finca cafetalera sin número, propiedad del señor Rito Colmenares, vía Santa Clara, Chabasquén Estado Portuguesa; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se acuerda librar Orden de Aprehensión contra el penado y su reingreso al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales una vez aprehendido.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes y ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución Nº 2
Abg. Narvy de.....