DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano Vargas Acevedo Wilmer José, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, nacido en Humucaro Alto, Municipio Moran Estado Lara, fecha de nacimiento el 19-09-1982, titular de la Cédula de Identidad N° 20.415.033, residenciado en calle negro primero, casa s/n, Carnicería el Retoño, Chabasquen Municipio Unda. Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Lesiones Menos Graves y Lesiones Graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, por cumplimiento de la misma, de conformidad con el artículo 105 ejusdem.
Notifíquese a las partes. Remítase copia de la decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación al Recluso, Ministerio del Interior y Justicia, a la Div.....