DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el aparte segundo del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara CON LUGAR las solicitudes de revisión y corrección del Cómputo de la Pena efectuado en fecha 03 de Junio de 2009 en relación con el penado LUIS ENRIQUE BOZA ORELLANA formuladas respectivamente por el Director del Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales y la Defensa Técnica;
SEGUNDO: Se practica el cómputo de la pena a cumplir, de acuerdo al cual el penado LUIS ENRIQUE BOZA ORELLANA, hasta la fecha de hoy ha cumplido de su pena principal de SEIS AÑOS DE PRISIÓN un tiempo de TRES AÑOS, DIEZ MESES Y VEINTINUEVE DÍAS, y que le faltan por cumplir D.....