Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles propiedad de la demandada empresa FERRESIP C.A., hasta por el doble de la cantidad demandada, que es la cantidad de DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 18.600.000,00), pues la pretensión ha sido estimada en la cantidad de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 9.300.000,00) y se acuerda comisionar al Tribunal Ejecutor de Medidas para la practica de la misma.