Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: 1) MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un bien inmueble constituido por una casa de habitación familiar con techo de zinc, piso de cemento, sala de recibo, comedor, dormitorios, paredes de bloque, puertas de hierro, con todos los servicios sanitarios y eléctricos, construido sobre una parcela de terreno municipal que conforman los ejidos municipales, ubicado en el barrio Maturín de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa, alinderada de la siguiente manera norte: casa y solar de Julián Rivas, sur: carrera 8, este: casa de Leopoldo Suárez y, oeste: calle 05; registrado por ante el Registro Público de Guanare del estado Portuguesa, bajo el N° 19, folios 76 al 77, Protocolo .....