Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana MARÍA HERMINIA TORRES DE HERNÁNDEZ, plenamente identificada en autos. En consecuencia, se designan como Tutoras Definitivas de la entredicha a sus hijas, ciudadanas YELITZA BEATRIZ, NORIELSY HAYDEE Y THAIS DIANE HERNÁNDEZ TORRES, debiendo actuar las mismas conjuntamente. Se ordena registrar la presente sentencia de Interdicción Definitiva, como también la publicación de un estracto de la sentencia, por ante un periódico de la localidad.