Por los anteriores motivos, apegado a la excusa presentada por la actual tutora, a las peticiones hechas por los ciudadanos Carmelo José Campos Hernández, Nelly Campos Hernández y Tayde Josefina Campos Hernández y, en virtud de la voluntad manifiesta del ciudadano Joel Campos Hernández, de asumir los deberes y las obligaciones inherentes a la tutoría en referencia; este Órgano Jurisdiccional administrador de justicia acuerda REVOCAR A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA el cargo recaído mediante decreto de interdicción de fecha 25/11/2008, en la persona de la ciudadana PREPEDIGNA DEL CARMEN HERNÁNDEZ DE CAMPOS. En consecuencia, SE DESIGNA como tutor definitivo de la entredicha DULCE MARÍA CAMPOS HERNÁNDEZ, a partir de la presente fecha, al ciudadano JOEL CAMPOS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.251.667.