Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: 1) DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un bien inmueble que se ubica dentro de terrenos propios, con un área aproximada de 246,888 Has., ubicado en el sector denominado Buena Vista de los Baños o Baños de Santa Ana, hoy La Mareña del Municipio Guanare del estado Portuguesa; alinderado de la siguiente manera: norte: márgenes del Río Guanare, sur: con la Quebrada de Agua Sucia, este: con las desembocadura Quebrada de Agua Sucia, al Río Guanare y, oeste: con terrenos de mayor extensión de los señores José Virgilio Giménez Anzola y Antonio Miguel Armas de Lima, según documento autenticado, inscrito por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Guanare del estad.....