Se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los ciudadanos: WILFREDO JESUS CASTILLO MEJIAS, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 02-12-1989, de 18 años de edad, natural de Cabudare Estado Lara, residenciado en la manzana A, casa N° 06, Funda Barrios del municipio Araure Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad N° 21.057.141 y DENNY YOKSELIN TARIFE MENDOZA, de nacionalidad venezolana, nacida en fecha 07-08-1986, de 21 años de edad, natural de Acarigua Estado Portuguesa, residenciada en el sector la cultura casa sin numero s/n Barinas Estado Barinas, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458 y 277 ambos del Código Penal para el primero y ROBO AGRAVADO, para la segunda, cometido en perjuicio de adolescentes (NOMBRES SE OMITEN POR ORDEN DE LEY).