Observa el Tribunal que el hecho punible calificado por la Representante del Ministerio Público como Posesión Ilícita de Estupefacientes se evidencia de las resultas de la ante descrita prueba anticipada (Acta del Pesaje), demostrándose el hecho punible, merecedor de una Medida de Coerción Personal. Por tales consideraciones este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: en primer lugar LA FLAGRANCIA, en cuanto a la aprehensión realizada al imputado, en consecuencia se sigue el procedimiento por la vía ordinaria y segundo lugar: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, consistente en PRESENTACIÓN PERIODICA, de conformidad con lo previsto en el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por ante este Tribunal cada ocho (8) Días del imputado LOANNY SEGUNDO HERNANDEZ PEREZ, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.964.968, residenciado en el .....