DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Jueza de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN PERIODICA CADA 25 DÍAS POR ANTE LA OFICINA DEL ALGUACILAZGO Y PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LAS VÍCTIMAS contemplada en el artículo 256 ordinal 3º y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, a las imputadas YAJAMIRA DEL SOCORRO MORENO DE BRICEÑO, venezolana, natural de Barinas de 47 años edad, profesión u oficio del hogar, titular de la cédula de identidad N°V-4.264.431, residenciado en la avenida 01 sector III, N°.58, Urb. 24 de Julio. Acarigua Estado Portuguesa, y AURALI DEL VALLE BRICEÑO MORENO, venezolana, natural de Barinas de 25 años edad, profesión u oficio estudiante, titular de la cédula de identidad N°V-14.347.242, residenciado en la avenida 01 sector III, N°.58, Urb. 24 de .....