DISPOSITIVA
Vista y analizada las actas procesales ut supra identificadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETAR MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° del código orgánico procesal penal en contra de los imputados JOEL HERNAN CORTEZ PEREZ, venezolano, natural de Acarigua de 20 años de edad, FN 08-03-83, soltero, carpintero, titular de la cedula de identidad N°V-16.567.935, residenciado en el Barrio Altamira calle 14 casa s/n Acarigua y YUDITH ISABEL RIVERO PULGAR, venezolano, natural de Acarigua de 23 años de edad, FN 08-03-83, soltero, carpintero, titular de la cedula de identidad N°V-18.736.372, residenciado en el Barrio Altamira calle 9, casa 33. Acarigua. Por estar incurso en la comisión del delito de, ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES previsto y sancionado en lo artículo 5 en relación con el art.....