DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua en funciones de juez de Control N° 2, ACUERDA, de conformidad con la previsión del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal decretar el archivo de las actuaciones; Se declarar el cese inmediato de la condición de imputado y se deja sin efecto las medidas cautelares impuestas en su oportunidad al ciudadano GERMÁN JOSÉ MONTILLA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 5.755.079. Remítase a la Fiscalía del Ministerio Público para que sea agregada a la causa.