Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal II de Primera Instancia en lo Penal, en función Control en sede de jurisdicción municipal, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el artículo 280 y último aparte del artículo 354, del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de los imputados: i) LUIS JOSE TERAN CHAMBUCO, venezolano, natural de Araure Estado Portuguesa, nacido en 04/04/1994, titular de la cédula de identidad N° V-25.966.031, soltero, de 18 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, residenciado en Barrio Bella vista 1, específicamente a dos cuadras de la tienda comercial media naranja Estado Portuguesa, 2) LUIS ANTONIO GOMEZ QUERO, venezolano, natural de Araure Estado Portuguesa, nacido en 26/08/1 994, titular de la cédula de id.....