Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PROTECCION EXTRAPROCESO a las ciudadanas LINNE JACKELINE SUAREZ DE GARCIA, venezolana, de 35 años de edad, de profesión u oficio Del Hogar, titular de la cedula de identidad N° V-(...), domiciliada en (...)Acarigua, Estado Portuguesa, y MORELIZ NOHEMI SUAREZ LAMEDA, venezolana, de 34 años de edad, de profesión u oficio Docente, titular de la cedula de identidad N° V-(...), domiciliada en (...) Acarigua, Estado Portuguesa quienes tienen cualidad de Testigos en la causa penal signada con el Nro.18-DDC-F2- 0110-2012, dicha causa penal fue aperturada ante la Fiscalía Segunda Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del.....