En fuerza de las consideraciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 (UNIPERSONAL) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano GAMALIER JOSUE VILLAZMIN PALACIOS de 28 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 28-03-1984, titular de la cedula número (...), profesión indefinida, natural de Barquisimeto estado Lara, residenciado en (...)Estado Portuguesa, por la comisión del delito USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR en virtud de no haberse demostrado, la culpabilidad del acusado y se CONDENA por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el 84.1 del Código Penal, en perjuicio de JESUS AMADO PINA PINEDA, imponiéndole la pena de seis (06) años con nueve (09) meses de prisión, más las accesorias de ley previstas en el artículo 1.....