DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Nº 02, constituido en Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano ANTONIO JOSÉ MEDINA TRUJILLO, plenamente identificados, en cuanto a la participación y consecuente responsabilidad del mismo en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescente, perpetrado en perjuicio del niño JHOHAN ANTONIO MATOS, por no haberse demostrado el cuerpo del delito, atribuido por el Ministerio Público, aunada a la solicitud Fiscal.
Se condena en costas al Estado Venezolano de conformidad con lo establecido en los artículos 265 y 268 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se hace cesar la Medida Cautelar que le fuera decretada en su oportunidad, al ciudadano y en co.....