Se levantó acta mediante la cual el suscrito Juez Temporal se INHIBE DE CONOCER DE LA PRESENTE CAUSA con relación a los coacusados JOEL HERNANDO MORILLO GOMEZ y DEIVI JHONATAN GIL, venezolanos, titular de la cédula de identidad número: 15.690.421 y 12.446.124, respectivamente y como consecuencia de ello se ordena la remisión de la misma al servicio de Alguacilazgo a los efectos de la distribución de la presente causa al Juzgado de Juicio que le corresponda, sustanciándose la presente decisión como incidencia en cuaderno separado, al que se agregará copias certificadas de la Sentencia Absolutoria respectiva. Se ordena la remisión a la Instancia Superior a los fines del conocimiento de Ley, de conformidad con lo que dispone el artículo 94 del Código Orgánico Procesal penal y 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la remisión de la presente causa a otro Tribunal de Juicio competente.