En fuerza de las motivaciones precedentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio No.2 (Unipersonal) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor de los ciudadanos: WILLYS ALEXANDER GARCIA RODRIGUEZ, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N°V-15.493.762, de veinticuatro (24) años de edad, nacido el día 17-05-1982, residenciado en Durigua, Calle 2, Casa N° 28, Acarigua, Estado Portuguesa, y lo ABSUELVE por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 84 ordinal 1°, ambos del Código Penal y VICTOR JOSE LOPEZ QUINTANA, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N°V-13.703.766, de treinta (30) años de edad, nacido en fecha 17-05-1976, residenciado en la Calle 46 entre Avenidas 2 y 3, Casa sin número 28, Barrio Andrés Eloy Bl.....