este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano YORBELYS RIVERO RUIZ, venezolana, natural de Guanare Estado Portuguesa, donde nació el 21/06/1984, de 22 años de edad, soltera, de profesión u oficio estudiante, titular de la Cédula de identidad N° 17.575.399, domiciliado en la Avenida 02 entre calles 07 y 08, casa No. 08 del Barrio Puma Rosso de Agua Blanca Estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES BASICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, perpetrado en perjuicio de la ciudadana LUISMAR CAROLINA GARCIA JIMENEZ, de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.