En tal sentido, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, esta Jueza de Juicio N°2, SE INHIBE de conformidad con el artículo 86 ordinal 7° del código orgánico procesal penal, de conocer la presente causa penal la causa PP11-P-05-9770,seguida al imputado OSCAR GIOVANNY MENDOZA de nacionalidad venezolana, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de fecha de nacimiento 10-07-77, de 27 años de edad, de profesión u oficio Albañil, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N. V-13.555.869, y residenciado en la calle 27, entre avenidas 5 y 6, casa N°. 18, barrio Bella Vista Dos, de Acarigua Estado Portuguesa. Por los delito de POSESIÓN ILICITA DE ESTUPEFACIENTES y OCULTAMIENTO ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES, En consecuencia, remítase el asunto a la oficina de alguacilazgo, a los fines de su distribución y fórmese cuaderno separado con la copia Certificada de la presente incidencia y se anexa copia del Auto de Apertura a Juicio y del acta de la en.....