En fuerza de las motivaciones anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al acusado ciudadano JESUS ALBERTO COLMENAREZ LINAREZ, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, nacido el 25-06-1991, mayor de edad, soltero, obrero, domiciliado en la Urbanización Durigua III del Municipio Páez Estado Portuguesa y titular de la cedula de identidad número V-20.813.820, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, y 3, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, Automotores, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal a saber: 1. La interdicción civil durante el tiempo de la pena. .....