Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (MIXTO) en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley (POR UNANIMIDAD) ABSUELVE al ciudadano: LEOBALDO RAMÓN TORREALBA, titular de la cédula de identidad N°14.676.137, quien es venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de profesión u oficio albañil, soltero, mayor de edad y residenciado en la calle El Samán, casa N°50, Parroquia Río Acarigua, Araure, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 454 ordinal 8° del Código Penal, en perjuicio de MERLIN VERONICAMONTILLA ORELLANO, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.