DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Unipersonal Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA () al acusado VICTOR JOSE CASTAÑEDA GAONA, titular de la cedula de identidad No. V- 22.201.615, de nacionalidad Venezolana, natural de Villa Bruzual, Municipio Turén, Estado Portuguesa, residenciado en el Barrio la Jacobera, Avenida 02, Casa Nro. 21-31 de color amarillo, Turén nacido en fecha 07-06-1992, de 18 años de edad, profesión obrero; por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código penal Vigente cometido en perjuicio del ciudadano DEYBIS GREGORIO MARTINEZ RAMOS (Occiso).a cumplir la pena de CUATRO AÑOS (04) DE PRISIÓN, por la comisión del delito de es por HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409, del Código Penal , más las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 Eíusde.....