En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al acusado: FREDDYS JOSÉ RODRÍGUEZ ALVARADO, venezolano, soltero, chofer, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.568.264, de 35 años de edad, con licencia de 5° grado expedida en fecha 13-11-2008, residenciado en el: Barrio 29 de noviembre, calle principal, casa SIN, Payara estado Portuguesa, teléfono celular N° 04261512223, por el delito HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal, en perjuicio de SAUL RAMON COLINA LOPEZ (OCCISO), todo de conformidad con el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal.