DECISION
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 04, constituido en Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de existir insuficiencia probatoria ABSUELVE a los ciudadanos GABRIEL ALTURO MORAN RAMOS y DIXON ROBERTO LATINI GIL, anteriormente identificados plenamente, por no haber podido la Fiscalía del Ministerio Publico ni siquiera comprobar el cuerpo del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5° en relación con el artículo 6° ordinales 1°,2° y 3° ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.
No se condena en costas al Estado Venezolano, tal como se estableció en la Sentencia N° 1238 de fecha 30/09/09, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales.
Se hace cesar las Medidas Caut.....