se dictó decisión en que se acordó otorgar EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuera impuesta al penado HECTOR CHIRINOS GOMEZ, régimen que vencerá el día 16 de abril de 2009, fecha de cumplimiento de la pena impuesta, venciendo el período de vigilancia en fecha 19-04-2010, el cual cumplirá en la División de Cementerios Municipales de la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, y pernoctará en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dra. Nilda Lucrecia Hernandez", ubicado en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara; todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1° y 501, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 65, 68 y 81 de la Ley de Régimen Penitenciario. Asímismo se acordó librar exhorto al Tribunal de Ejecución No. 01 de Barquisimeto Estado Lara, a fin que traslade al penado y lo imponga de las condiciones establecidas para optar a dicho beneficio.