AUTORIZA LA DESTRUCCIÓN DE LA SUSTANCIA INCAUTADA, conforme a lo establecido en el artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas; especificándose que las sustancias a destruir se trata de: Catorce (14) gramos, correspondiente a la mencionada Muestra A, en la cual se detectó la presencia del CANNABIS SATIVA LINNE, quedando ello debidamente especificado en la EXPERTICIA BOTANICA: signada con el Nº 9700-057-161, 0160-13, de fecha 22-03-2013, antes identificada, cuya sustancia se encuentra depositada en la Sala de Resguardo y Custodia de la Comisaria "Gral. Juan Guillermo Irribarren" de Araure. Estado Portuguesa.
En consecuencia se ordena remitir, a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, la autorización de destrucción de las sustancias incautadas que aquí se acuerda conjuntamente con el resto de las actuaciones que componen la presente solicitud.
Regístrese, diarícese, déjese copia certificada del auto dictado para su archivo respectivo y líbrese lo conducente.
Sellado y firma.....