DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA no imponer medida cautelar alguna a la adolescente: SE OMITE SU NOMBREPOR RAZONES DE LEY, a quien se le imputa la presunta comisión de uno de los delitos de los Delitos CONTRA LA PERSONAS, específicamente el delito de LESIONES BASICAS, previsto en el artículo 413 del CODIGO PENAL, hecho este cometido en perjuicio de la niña Se omite su nombre por razones de Ley.
Se ordena la LIBERTAD PLENA de la adolescente anteriormente identificada.
Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público una vez vencido el lapso de ley, a los fines de que prosiga con la investigación.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Pe.....